C.E.E. Falta de uniformidad de las tablas de buceo DECO.

Foro de actividades subacuáticas en general.

C.E.E. Falta de uniformidad de las tablas de buceo DECO.

Notapor Invitado » 19 Feb 2007, 17:50

OTEADOR 31/12/2005 10:59
C.E.E. Falta de uniformidad de las tablas de buceo DECO.

PREGUNTA ESCRITA E-0618/03 de Dagmar Roth-Behrendt (PSE) y Christa Prets (PSE) a la Comisión. Riesgos para la seguridad de los submarinistas por la falta de uniformidad de las tablas de buceo DECO.

Diario Oficial n° 192 E de 14/08/2003 p. 0208 - 0209

PREGUNTA ESCRITA E-0618/03

de Dagmar Roth-Behrendt (PSE) y Christa Prets (PSE) a la Comisión

(3 de marzo de 2003)

Asunto: Riesgos para la seguridad de los submarinistas por la falta de uniformidad de las tablas de buceo DECO

Las tablas de buceo de la DECO (Diving Emergency Center Organization) protegen a los submarinistas contra accidentes durante la práctica del submarinismo (accidentes de descompresión). Según el tiempo de permanencia previsto del submarinista en determinadas profundidades, se fijan las paradas que deben respetarse durante la ascensión para evitar accidentes de descompresión.

El mundo del submarinismo (profesionales y aficionados) se enfrenta al hecho de que en los países de la UE no hay tablas DECO uniformes. Esta falta de estándares europeos por lo que respecta a las tablas DECO implica que los tiempos de permanencia en determinadas profundidades varían en los diferentes países de la UE, hecho que aumenta el riesgo de accidentes.

En el año 2000 se modificaron en algunos países de la UE las tablas de buceo DECO de 1992. Tampoco estas modificaciones se realizaron de forma uniforme.

Teniendo en cuenta el hecho de que no existen regulaciones uniformes para las tablas de buceo DECO a nivel europeo y del consiguiente incremento del riesgo para la salud de los submarinistas, ¿podría responder la Comisión a las siguientes preguntas?

1. ¿Es consciente la Comisión de este problema?

2. ¿Está considerando la Comisión la adopción de medidas para solucionar este problema a nivel europeo?

Respuesta del Sr. Byrne en nombre de la Comisión

(26 de marzo de 2003)

1. La Comisión no ha sido informada sobre la existencia de este problema específico.

2. La Comisión no cree que el artículo 152 del Tratado CE en materia de salud pública pueda servir de fundamento jurídico para la adopción de medidas comunitarias a este respecto.

El Comité Europeo de Normalización (CEN) ya adoptó en 2000, sobre una base voluntaria, la norma EN 13319:2000 sobre profundímetros e instrumentos de medición combinada de la profundidad y el tiempo. Esta norma permite que el buceador sepa durante cuánto tiempo ha estado expuesto a una determinada presión, lo que está relacionado con la profundidad. La norma CEN garantiza una gran precisión por lo que respecta a los aspectos mencionados. Sin embargo, siguen existiendo discrepancias en la información que comunican los diferentes protocolos sobre la enfermedad por descompresión utilizados en los diversos Estados miembros, que no pueden solucionarse con las normas CEN.

También se insiste en el hecho de que el CEN adoptó la norma EN 1809:1997 sobre requisitos de seguridad y métodos de ensayo para los compensadores de flotabilidad en el marco de la Directiva 89/686/CEE sobre equipos de protección individual(1). Las referencias de esta norma se publicaron en el Diario Oficial(2). Las tablas DECO también se utilizan en el contexto de las lecciones y los servicios de buceo ofrecidos a los consumidores. La Comisión presentará en breve un informe general sobre la seguridad de los servicios a los consumidores, con arreglo a la petición del Parlamento y el Consejo, tal como se prevé en el artículo 20 de la Directiva 2001/905/CE revisada relativa a la seguridad general de los productos(3). En el informe se debatirán varios asuntos y prioridades en relación con la seguridad de los servicios a los consumidores. Hasta la fecha, no se ha descubierto ningún dato sobre lesiones ni existe ninguna evaluación del riesgo que establezca una relación con la utilización de las diferentes tablas DECO.

Se ha comunicado a la Comisión que el CEN está elaborando una serie de normas para los servicios de buceo y la formación de submarinistas y de instructores (CEN/TC 329 servicios turísticos, WG 3, y los proyectos de normas prEN 14153-1, 14153-2, 14153-3, 14413-1, 14413-2 y 14467). Esta tarea se centrará en los principales elementos de riesgo relacionados con el buceo organizado y proporcionará información sobre la utilidad de nuevas normas uniformes en el ámbito del submarinismo.


(1) Directiva 89/686/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, sobre aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros relativas a los equipos de protección individual, DO L 399 de 30.12.1989.

(2) DO C 183 de 13.6.1998.

(3) DO L 11 de 15.1.2002.
Invitado
 

Volver a PRINCIPAL

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 2 invitados

cron