Barcos de recreo excluidos del Sistema Arbitral de Consumo.

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Barcos de recreo excluidos del Sistema Arbitral de Consumo.

Notapor Invitado » 23 Feb 2007, 04:35

DonQuijotedelMar 19/06/2006 01:46 akegustavson@hotmail.com
Barcos de recreo excluidos del Sistema Arbitral de Consumo.

Moraira Junio 2006

Propietarios de embarcaciones de recreo son excluidos del
Sistema Arbitral de Consumo en España.

Compañías de Seguros sin escrúpulos excluien sus clientes con barcas de recreo desde la Sistema Arbitral de Consumo que está establecido hace años en UE para la Defensa de los Consumidores y Usarios.
Éstas Compañías utilizan un párrafo, que hay en los Leyes en muchos paises, y que clasifica un Seguro de Embarcación de Recreo como un “gran riesgo”.
EL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO NO INCLUIE “GRAN RIESGO” (Ley 50/1980,Art.107.2.)
Por eso estas Compañías no suelen acceptar la Sistema Arbitral de Consumo para resolver las reclamaciones de sus clientes.
Los Asegurados están forzados a traer sus quejas a los Tribunales de Justicia.
Este proceso puede ser muy largo, caro y cansando para los Asegurados que han sufrido un accidente. Los demás cortarse la coleta y tragan quina.

Los propietarios, que tienen sus barcas asegurados en estas compañías, generalmente no son concientes de su situación - expuesto a perder - hasta que tengan un pleito con su compañía.
Entonces descubren que tampoco no tienen el derecho a un “Seguro de Defensa Juridica”, que normalmente esta incluido en un “Seguro contra Daños”(por ej. como en seguros de coches, casas, bienes muebles, viajes y otros Seguros de Consumidores).
UE HA EXCLUIDO EL DERECHO A UN “SEGURO DE DEFENSA JURIDICA” A LOS RIESGOS RESULTANTES DE LA UTILIZACIÓN DE EMBARCACIONES MARINAS (Directiva 87/344/CEE).

Parece que los descontentos propietarios de barcas dañados de un accidente deben que entregarse a las reglas de los Leyes Marítimos, cuales no son tan amables a los consumidores como los Leyes para la Defensa de los Consumidores y Usarios.
Muchas reglas en los Leyes Marítimos tienen su origen en las circunstancias en el siglo IXX, cuando era en boga en ciertos grupos de navieros sin escrupulos a engañar las compañias de seguros con sobrevalorar y sobrecargar sus buques y cargamentos, y que al fin resultó en las famosas “Reglas de Plimsoll”.
Ahora parece que las compañias de seguros sin escrúpulos, con la ayuda de los Leyes, han puesto en boga a engañar sus clientes con pequiñas barcas de recreo.

La mayor parte de los propietarios de barcas de recreo creen que su seguro es un Seguro de Consumidores en el sentido de los Leyes de Consumidores y no un Seguro Marítimo en el sentido de los Leyes Marítimos.
Por eso caen fácilmente en el garlito. Y por eso estos compañías claramente están a la cresta de la ola en la “Liga de Reclamaciones” de las compañías de seguros.

El resumen abajo es un ejemplo de verdad de esta forma moderna de piratería.

Una pequiña barca sueca se encalló en una playa de Ibiza en una temporada.
La compañía de seguros, que bajo el velo de discreción, se llama MALFÉ en este relato, y pudiera ser cualquiera compañía sin escrupulos, prometió rescate inmediato.
¡Tardaba seis (6) días, durante cuales la barca se golpeaba contra las rocas por cada ola! ¡Después la barca estuve rescatado y transportado en un modo muy incompetente a un taller náutica, eligido por MALFÉ, y recibió aún más daños!

Ahora MALFÉ pudiera sentirse seguro que los gastos para reparar la barca irían a exceder ¾ de la suma asegurado. Por eso pudiera considerar la barca como “perdida total constructiva”. Además MALFÉ de repente consideró la barca muy subvalorado, a despecho de que su propio agente local había valorado la barca, que tenía 30 años, unos pocos años antes, en de acuerdo con el asegurado. MALFÉ también le informó al asegurado que le queda como propietario y responsable para todos los corrientes y futuros gastos del taller de MALFÉ.
Cuando la oferta del taller de MALFÉ al fin llegó, parecía muy sobrevalorado.
Un control enseñó que un taller con buen reputación en la Peninsula pudiera hacer la reparación por mucho menos de la mitad de dinero que pidió el taller de MALFÉ.

El asegurado se sintió como se ha caido en una trampa.
El taller de MALFÉ reclamó una suma obsurdo para retirar la barca.
El transporte al otro taller en la Peninsula resultiara caro.
El asegurado se sintió forzado a acceptar indemnización para “perdida total constructiva”.

Entonces MALFÉ hizo grandes deducciones por equipos asegurados, pero que quedaban sin daños (balsas, autohelm, VHF etc.)
La indemnización fue reclamado dos veces a MALFÉ y a OMIC, y después a la Dirección General de Seguros. Todo sin éxito.
Unos semanas después el asegurado hizo un viaje a Ibiza con coche para coger los equipos asegurados, pero que quedaban sin daños, (balsa, autohelm, VHF etc.) y que MALFÉ había descontado desde la indemnización. ¡Entonces el taller de MALFÉ negó acceso al asegurado a la barca para coger sus cosas!

Después de estas experiencias la barca fue donado a una escuela de Navigación para los gastos pendientes y aumentandose al taller de MALFÉ en retribución.

Además de la reparación, la barca ahora ha recibido una renovación total, tratamiento de osmosis, pintura entera y una Inspección Tecnica de Buques para un Certificado de Navigabilidad y una Matricula Española.
Según informe de buena fuente, el precio total para todos estos trabajos, incluiendo las inspecciones, fue muy inferior de la sobrevalorado oferta, ofrecido al asegurado sueco – para solo la reparación.

Lectores y propietarios de embarcaciones de recreo debieren hacerse sus propios concluciones, basandose en este relato autentico.
Los interesados podrían recibir más detalles atraves la redacción de esta publicación.

Cada año unos 1500 barcas de recreo sufren accidentes tan graves en las aguas españolas, que resultan en acciones de soccorro de Salvamento Marítimo. Más accidentes occurren en puertos y invernajes que no figuran en la estadística.

El motivo de publicar este relato es iniciar un debate sobre la situación expuesto en la que se encuentran los asegurados con pequeñas barcos de recreo, y sobre los Leyes que pemiten esta situación.

Don Quijote del Mar (76)


(977 palabras)

Moraira (Alicante) Junio 2006


Estimados Editores, Corresponsales, Webmasters y otros Concernados,

El relato adjunto, “Propietarios de embarcaciones de recreo son excluidos del Sistema Arbitral de Consumo en España”, tratarse de un caso auténtico contra la Compañía MAPFRE (Expte.No: 403911041) que occurrió el día 2/8/05.
La indemnización fué reclamado primero a MAPFRE dos veces (14/11y 1/12) y después a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGS) el día 22/12/05 (Ref.No: 00004793/2005)
Una denuncia sobre “cláusulas abusivas en los contratos” fué enviado a los Commissiones Europeos en España y en Suecia los días 18/2 y 17/1 2006 respectivamente.
El articulo, en su parte esencial, también ha sido enviado a MAPFRE el día 27/2/06, pidiendo comentarios y réplicas. Hasta ahora, sin respuesta.

El caso pudiere tener un interes general. Quiero informar otros propietarios de barcas de recreo sobre los peligros en sus seguros, y con la esperanza de que iniciar un debate.
También voy a enviar el articulo a otros revistas, diarios y foros.

Propietarios de barcas de recreo generalmente son ignorantes sobre si su Compañía de Seguros clasifica su barca como un “gran riesgo” o no, y por eso niega a dar la cara a el Sistema Arbitral de Consumo.

Redactores, corresponsales y otros, que tengan mejor conocimiento que yo en la lingua castellano, podrían corregir el articulo con tal que el mensaje siga el mismo.

Apreciare algunos respuestas o consejos profesionales.
Estoy dispuesto a distribuir más detalles sobre los hechos y mi nombre y dirección a los interesados. Como autor del articulo prefiero el sinónomo “Don Quijote del Mar”.
Perdóname mi castellano escabroso.


Muy Atentamente.


Åke Gustavson (Don Quijote del Mar)
Calle Mar Arábigo, 34
03724 MORAIRA (Alicante)

Tel: 96 574 41 71
Fax: 966 49 12 03

E-mail: akegustavson@hotmail.com
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